Impago de pensiones alimenticias
Trae como consecuencia en la vía civil, una demanda de ejecución de la Sentencia, pudiendo embargar el sueldo y si no fuere suficiente a la cantidad reclamada, con el patrimonio del deudor.
El impago de pensión de alimentos puede traer consecuencias penales muy graves, como la carcel según nuestro Código Penal, art. 227.
